Circular 3/2015
Se ha aprobado el Real Decreto Ley 9/2015, de 10 de julio , por el que se modifica el Reglamento del IRPF para el 2015.
El presente RDL pretende avanzar la rebaja fiscal prevista para 2016 y aplicarla, en su mayoría, ya en el ejercicio 2015.
Las rentas que principalmente se ven afectadas por el presente RDL son:
– Rentas del Trabajo.
– Rentas Actividades Económicas , cursos, conferencias, ..
– Rentas del Ahorro.
La anticipación de la rebaja se instrumentaliza mediante la aprobación de:
1.- Por un lado se aprueba una nueva tarifa del IRPF que será , a efectos de cálculo de la renta del 2015, de aplicación con efectos retroactivos desde 01 de enero 2015.
2.- Por otro lado se aprueban nuevos tipos de retención a aplicar:
2.1.- En el caso de los rendimientos del trabajo se aprueba un escalado nuevo de retenciones a aplicar , a opción del pagador, en julio o bien en agosto.
2.2.- En el caso de rendimientos de actividades económicas, cursos, … se reduce el tipo de retención al 15% ( hasta ahora el 19% ) para rendimientos que se abonen a partir de 12 de julio de 2015 (7% para los 3 primeros ejercicios de actividad).
2.3.- En el caso de las rentas del ahorro sometidas a retención se reduce al 19,5% ( hasta ahora 20% ) .
En cuanto a las rentas de trabajo lo que establece la norma es que la tributación de 2015 y 2016 debería de ser la misma, lo que a efectos prácticos supondrá que:
– Durante el 1o semestre 2015 se ha tributado por exceso.
– Durante el 2o trimestre 2015 se tributará por debajo, para compensar.
– Durante el 2016 se tributará sobre lo correcto , que será un tipo entre los dos anteriores.
En otro ámbito de cosas se declaran exentas las ayudas públicas concedidas a colectivos en riesgo de exclusión social, emergencia social, .. así como las subvenciones percibidos para compensar los costes por la liberación digital.
Barcelona a 13 de julio de 2015
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