Circular 1/2015
Como habitualmente realizamos , expondremos las novedades fiscales según el Impuesto al que afectan:
1.- IRPF ( Renta )
1.1.- Rendimientos del Trabajo
– Se reducen, en su mayoría, los tipos marginales del IRPF.
– Esta reducción se hace de forma progresiva: una parte en 2015 y la otra en 2016.
– Se reducen de 7 a 5 los tramos del IRPF.
– El umbral mínimo de tributación se fija en los 12.000 eur/año ( único pagador ).
– La tributación se reducirá desde el mes de enero mediante el ajuste en las retenciones correspondientes, aconsejamos cumplimentar correctamente el modelo 145.
– Los administradores reducen la retención del 42% al 37% ( 19% en algunos casos ).
– Se incrementan los mínimos exentos familiares: contribuyente, hijos, discapacitados, ..
– Se crean beneficios fiscales para familias numerosas y personas con discapacidad.. se puede aplicar en la renta anualmente o solicitar el cobro anticipado ( modelo 143 ).
– Se establece un mínimo exente por indemnizaciones de 180.000 eur ( dentro de los límites del Estatuto de los Trabajadores ), inicialmente prevista exención de 2.000 eur /año.
1.2.- Rendimientos Actividades Económicas
– Se reducen, en su mayoría, los tipos impositivos del IRPF.
– Se reduce la retención al 19% ( 2014 al 21% ), 15% en algunos casos, y se mantiene el 9% para inicio actividad ( 3 primeros ejercicios ).
– Consideración de rendimientos de actividades económicas los obtenidos por el contribuyente procedentes de una entidad en cuyo capital participe derivado de de la realización de actividades profesionales cuando el contribuyente esté en el régimen de autónomos ( o alternativa ).
– Eliminación del requisito de local destinado exclusivamente a la gestión para la consideración como rendimientos actividad económica de los obtenidos por el arrendamiento de inmuebles.
– Se establece un límite máximo de gastos de difícil justificación de 2.000 eur.
– Se reducen los umbrales cuantitativos de la Estimación Objetiva ( módulos ) a 150.000 eur tanto de ventas como de compras ( 450.000 eur y 300.000 eur en 2014 ), este aspecto entrará en vigor el 01/01/2016.
– Se excluyen de módulos las actividades que facturen menos de un 50% a personas físicas y las actividades a las que se les aplica el tipo de retención del 1% como la fabricación y la construcción, este aspecto entrará en vigor el 01/01/2016.
– Las SCP pasarán a tributar por el Impuesto sobre Sociedades ( IRPF en 2014 ) , este aspecto entrará en vigor el 01/01/2016.
1.3.- Rendimientos Capital Mobiliario y Renta del Ahorro.
– Se reducen los tipos impositivos de la Renta del Ahorro.
– Se reduce la retención al 20% ( 21% 2014 ).
– Se suprime la exención de tributación de los primeros 1.500 eur por dividendos.
1.4.- Rendimiento Capital Inmobiliario
– Se mantiene la exención del 60% para los ingresos por alquiler de vivienda (inicialmente se preveía rebajarlo al 50%).
– Se suprime la exención del 100% para los arrendamientos de vivienda a “jóvenes” (menores 30 años …)
– Se reduce la retención al 20% ( 21% 2014 ).
1.5.- Otros
– Se elimina la deducción por alquiler de vivienda habitual ( se mantiene temporalmente para contratos firmados antes del 01/01/2015 ).
– Se suprime la corrección monetaria en los cálculos de las plusvalías.
– Se mantienen, limitados a 400.000 eur, los coeficientes de abatimiento.
– Se incluye una exención de tributación de plusvalías para mayores de 65 años si la destinan a una renta vitalicia ( máximo 240.000 eur ). Se mantiene, en paralelo, la exención para mayores de 65 años de las plusvalías por la venta de la vivienda habitual.
– Se reducen las cantidades máximas de aportación a Planes de Pensiones a 8.000 eur/año.
– Se reduce la reducción por rentas irregulares al 30% ( 40% 2014 ).
– Las plusvalías a corto plazo ( inferior a 1 año ) se incluirán en la Base del Ahorro ( en 2014 se incluían en la base general ).
– Se incrementa el % de deducción por donativos hasta el 75% ( límite 150 eur /año ).
– Se establece un límite temporal para la aplicación de la reducción del 40% para el rescate de pensiones de jubilación en forma de pago único.
– Se establecen “ventanas” para la recuperación de aportaciones a planes de pensiones una vez transcurridos 10 años.
2.- IS ( Sociedades )
– El tipo impositivo de las Pymes se mantiene en el 25% ( Las grandes empresas pasan al 28% y en 2016 se igualan con las Pymes al 25% ).
– Se elimina la deducción por reinversión de beneficios.
– Se establece una nueva deducción por la reserva de capitalización (incremento fondos propios ) por el 10%.
– Se establece una reserva de nivelación que permite reducir un 10% la tributación anticipando las posibles pérdidas futuras, que deberá ser revertido en caso de no producirse finalmente.
– Se simplifican las tablas de amortización del inmovilizado material .
– Se elimina la deducibilidad de las pérdidas por deterioro del inmovilizado, inversiones inmobiliarias .. se mantiene deducible para: existencias y créditos a cobrar.
– Se elimina la reducción del 20% para empresas que mantengan o incrementen empleo.
– Se limita al 1% de la cifra de negocios la deducibilidad fiscal de los gastos por atenciones a clientes o proveedores.
– Se establece la no limitación temporal en la compensación de bases imponibles negativas ( 18 años en 2014 ), estableciéndose una limitaciones pero en todo caso aplicando hasta 1.000.000 eur sin limitación alguna. Los documentos contables habrá que conservarlos durante 10 años.
– Se substituye el actual cálculo de doble imposición interna ( 100% deducción para participaciones >5% y 50% para aquellas <5% ), por una exención total para dividendos de participaciones >5% ( y tributación total del resto inferiores al 5% ).
– Se incorpora una nueva exención por la venta de participaciones en otras entidades cuando esta participación sea > al 5%.
– Se establece la libertad de amortización para bienes < 300 eur y con una limitación total anual de 25.000 eur.
3.- IVA
– Se modifican las reglas de localización de los servicios de telecomunicaciones, radiodifusión, televisión y prestaciones de servicios por vía electrónica.
– Se amplia de 1 a 3 meses el periodo para modificación de base imponible en procedimientos concursales.
– Se amplia de 6 a 12 meses el periodo para modificación de base imponible en caso de créditos incobrables.
– Se amplía la aplicación de la regla de inversión de sujeto pasivo a la entrega de : teléfonos móviles, ordenadores portátiles, tabletas digitales, plata y platino.
– Se ha incrementado el tipo al 21% ( 10% en 2014 ) de algunos productos sanitarios.
4.- Otros
– Se prorroga para el 2015 la exigencia del Impuesto sobre el Patrimonio.
– Para el 2015 se establecen los siguientes tipos de interés:
– Interés legal del dinero: 3,50%
– Interés de demora: 4,375%
– Se establece el IPREM anual en: 6.390,13 eur ( 7.455,14 eur para los supuestos referenciados al SMI ).
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