Circular 9

 

 

 

Barcelona, a 15 de abril de 2020.

 

 

 

Apreciados clientes, con la presente circular les comunicamos la ampliación del plazo de presentación de autoliquidaciones y declaraciones tributarias, de acuerdo con el Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias.

 

Los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019, cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley, y hasta el día 20 de mayo de 2020, se extenderán hasta esta fecha.

 

Así, los contribuyentes con una facturación no superior a 600.000 euros en el año 2019 tendrán de plazo hasta el 20 de mayo para presentar las declaraciones de impuestos correspondientes al mes de abril. Es decir, la presentación de la declaración trimestral del IVA y el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades e IRPF.

 

En el caso de las declaraciones domiciliadas, el plazo de presentación se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.

 

Con independencia del momento de presentación, todos los cargos a aquellos contribuyentes que no superen el límite de facturación se realizarán el 20 de mayo (esto incluye también las declaraciones presentadas antes del día 15 de este mes).

 

 

Quedamos a su disposición, mediante las direcciones de correo electrónico habituales. Reciban un saludo.

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